EDITORIAL. Revista Nº 27 FEBRERO 2024.
Vanessa López.
Directora de Salud por Derecho.
A casi tres meses de que tenga lugar la próxima Asamblea General de la Organización Mundial de la Salud, entramos en lo que podría ser la recta final de un proceso internacional muy importante relacionado con el acceso a los medicamentos que merece nuevamente nuestra atención: el “Tratado sobre Pandemias”. Para ponernos rápidamente en contexto, tras la pandemia de COVID-19, los 194 países que forman parte de la OMS acordaron elaborar un tratado internacional para la prevención, preparación y respuesta frente a futuras pandemia. El documento se encuentra en fase de negociación desde hace unos dos años y el objetivo es que esté listo para su aprobación por la Asamblea Mundial de la Salud en mayo de este año. El contenido de los textos se acuerda en la Mesa del Órgano Intergubernamental de Negociación (INB, por sus siglas en inglés) y, lamentablemente, lo vamos conociendo a cuentagotas porque la sociedad civil no está participando de una manera sistemática y democrática. El proceso no deja mucho margen para la esperanza. Parece que la comunidad internacional, especialmente los países ricos, no ha aprendido la lección que nos dio la COVID-19. Todo apunta a que el “status quo” que permitió un reparto desigual de las vacunas, impidiendo el acceso a las personas de los países pobres a la vez que los ricos acaparaban la mayor parte de las dosis que se producían —gracias, en parte, a fortísimas inyecciones de dinero público— se va a mantener y poco va a cambiar, como cabría esperar después de pasar por una crisis de salud global como aquella.
En Salud por Derecho llevamos meses denunciando la falta de equidad en los borradores del Tratado y en las medidas que se están incorporando. Por ejemplo, los elementos relacionados con la transferencia de conocimiento y de tecnología, con la gestión de la propiedad intelectual en aras de un mejor acceso, y con el apoyo a la producción local en países de medios y bajos ingresos son poco concretos y excesivamente voluntaristas, sin carácter vinculante. Asimismo, los aspectos relativos al acceso a los patógenos y distribución de los beneficios o al fortalecimiento de los sistemas nacionales del sur global van en la misma línea. En general, podemos decir que hay muchas exigencias a los países pobres pero pocas compensaciones y escaso apoyo. En estos días, hemos conocido que el último borrador del Tratado que se ha negociado en el octavo INB incorpora en su artículo 9 que los países, de acuerdo con sus legislaciones nacionales, puedan incluir disposiciones para promover el acceso a aquellas tecnologías sanitarias necesarias para la respuesta a las pandemias que hayan contado con cierta cantidad de financiación pública o que sean de titularidad pública. Sin duda, es un buen paso que se retome el lenguaje sobre condicionalidades de acceso de los productos desarrollados con recursos públicos, pero no es suficiente ni en su concreción ni en su alcance. Es necesario que estas provisiones sean la norma, que se apliquen a todos los productos, tanto en situaciones de respuesta como de prevención y preparación a las mismas, y que no dependa de la voluntad de cada país.
La Unión Europea, que negocia en bloque, está teniendo una posición egoísta y contradictoria. Las tres instituciones europeas —Comisión, Parlamento y Consejo europeos— no siempre tienen las mismas posiciones en materia de política farmacéutica y de I+D. Además, tanto la Comisión como el Consejo tienden a defender políticas que favorecen los intereses de las empresas por encima del interés público. Sin embargo, durante la pandemia hubo algunas declaraciones e iniciativas que iban en la línea de promover un mayor acceso a las tecnologías sanitarias, entendiéndolas como bien público global. A pesar de todo, esta posición más responsable con la salud de la población y el interés de la ciudadanía europea no está siendo la tónica general de la UE en la negociación del “Tratado sobre Pandemias”. Salud por Derecho ha publicado recientemente un análisis en el que se pone de manifiesto esta paradoja.
España, que participa de las negociaciones como parte de la UE teniendo la Comisión el mandato de negociación, destacó durante la pandemia como un país audaz a la hora de reconocer las profundas debilidades del sistema de innovación biomédica y las consecuencias de proteger la propiedad intelectual y los beneficios de las empresas por encima del derecho a la salud. De hecho, se dieron pasos importantes, como la cesión a C-TAP (hoy H-TAP) de un test diagnóstico para la COVID-19 desarrollado en el CSIC para que pueda ser producido de forma no exclusiva en diferentes países del mundo. En este momento, vuelve a ser necesario que España tenga una voz más fuerte y reconocible en torno a la negociación del Tratado para que los errores de la COVID-19 no hayan sido en vano.