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El consumo de antipsicóticos y estimulantes: una
revisión crítica para reflexionar

AUTOR: José Luis Pedreira Massa. Psiquiatra y psicoterapeuta infancia y adolescencia. Prof. Psicopatología. Grado de Criminología (jubilado). UNED.

Revista Nº 18 – Febrero 2023

Introducción
El consumo de psicofármacos se ha incrementado en los últimos años, consiguiendo que España se sitúe a la cabeza de los países prescriptores de esta familia de medicamentos.
 
Entre los psicofármacos utilizados los antipsicóticos y los estimulantes son dos grupos muy prescritos y cuyo precio se ha ido incrementando de forma muy evidente con las nuevas presentaciones galénicas, además reúnen otra característica fundamental: se prescriben de forma creciente en la infancia y la adolescencia, en muchas ocasiones con dudas muy patentes de su idoneidad.
 
En este artículo se va a desarrollar un trabajo previo del Prof. F. Martínez-García, catedrático de Fisiología de la Universitat de València, donde es director del Laboratori de Neuroanatomia Funcional Comparada de la Universitat de València, presentado en un Congreso de ASMI-WIMH, titulado (2016): “¿Es peor el remedio que la enfermedad? El uso de psicofármacos para el tratamiento de trastornos del comportamiento: una visión crítica desde la Neurociencia”, al que agradezco la deferencia de permitir utilizar de base su trabajo.
 
Los antipsicóticos
¿Qué hacen los antipsicóticos? En la década de 1950, Paul Charpentier pide a Simone Courvoisier que pruebe la clorpromazina en ratas; las ratas tratadas tardaban más en subir una cuerda para buscar la comida (a lo que previamente se las había entrenado), disminuía la actividad espontánea, disminuía el vómito inducido por drogas, como la apomorfina, disminuía la respuesta de huida condicionada (pe  a un tono que predice un castigo), pero no lo hacía con la estimulación incondicionada al castigo.
 
Los antipsicóticos clásicos interfieren con la neurotransmisión mediada por la dopamina (DA), son antagonistas del receptor de tipo D2, de tal suerte que, a mayor afinidad por el mismo, menor es la dosis que se necesita para obtener la respuesta esperada.
 
Pero ¿por qué usamos aun los neurolépticos? La realidad es que se descubrieron por casualidad, hasta tal punto que, con las legislaciones actuales, su investigación hoy no sería posible haber realizado el ensayo clínico. La naturaleza de la esquizofrenia se dedujo erróneamente tras descubrir la efectividad de los neurolépticos, surgiendo la hipótesis de la dopamina. Lo más honrado es reconoce que aún no se conoce, a ciencia cierta, el mecanismo de acción de los neurolépticos: El efecto farmacológico de antagonizar la dopamina es inmediato, pero el efecto terapéutico requiere, al menos, 10-20 días de acción continuada. Los neurolépticos poseen muchos efectos secundarios: Parkinsonismos, como bradicinesia, rigidez facial; disquinesia tardía, como tics o movimientos involuntarios de cara, extremidades o tronco, para intentar paliarlo surgen los denominados como neurolépticos atípicos (clozapina, risperidona, olanzapina, quetiapina, sertindol, ziprasidona, aripiprazol, amisulpiride…). Pero también se sabe que los neurolépticos no son efectivos para actuar sobre los síntomas negativos de la esquizofrenia, siendo sólo eficaces con los síntomas positivos.
 
En conclusión: Los neurolépticos son unos fármacos con una historia difícil que han tenido un final “feliz”. La esquizofrenia es un trastorno absolutamente incapacitante que destruye tanto la vida personal como la familiar. Los neurolépticos constituyeron una alternativa posible a los hospitales psiquiátricos o manicomios o a la lobotomía, permitiendo “normalizar” tanto la vida personal como la familiar de la persona con una afección psicótica. De esta suerte los beneficios superan a los riesgos y los perjuicios, similar a lo que sucede con los antidepresivos.
 
Como efecto fundamental: el coste de los nuevos antipsicóticos multiplica por más de diez veces su precio, en relación con el coste del haloperidol o de la clorpromazina. Es cierto que tienen menores efectos secundarios, pero siguen teniendo efectos que hay que vigilar, sobre todo en la ganancia de peso (muy manifiesto en clozapina y olanzapina) o la puesta en marcha de un síndrome metabólico o el síndrome de discinesia tardía.
 
El uso terapéutico de estimulantes
Constituyen un grupo de fármacos que se utilizan en la infancia para el tratamiento del denominado Trastorno de déficit de atención con hiperactividad (TDAH). Existe dos grupos contrapuestos de profesionales: los que defienden su prescripción, pues exponen que está basada en la evidencia científica y otro grupo que no está de acuerdo y duda del proceso diagnóstico y de la propia prescripción tan “alegre” y sus efectos a largo plazo.
 
El estimulante más usado como fármaco es el metilfenidato (MF). Tiene su prescripción máxima para algunas afecciones como la narcolepsia, como regulación de la ingesta en situaciones patológicas puntuales y, sobre todo, en el trastorno con déficit de atención e hiperactividad en la población infantil (TDAH).
 
El uso terapéutico de estimulantes se realiza como agonistas de la dopamina (DA). Las anfetaminas estimulan autorreceptores que liberan dopamina a la sinapsis y tanto las anfetaminas como el metilfenidato inhiben la recaptación sináptica de este neurotransmisor y algunos estimulantes tienen, además, otros efectos farmacológicos.
 
Se sabe que estos fármacos actúan sobre la vía nigro-estriatal: pueden provocar hiperlocomoción, estereotipias (tics o actividades compulsivas). La acción sobre la vía tegmento-estriatal se la relaciona con la sensación de recompensa, aumento de motivación y riesgo de adicción. Su acción en la vía meso-cortico-límbica: regula el estado de ánimo y la percepción de la realidad. Los fármacos estimulantes pueden provocar brotes psicóticos. Su acción en otras proyecciones tegmentales e hipotalámicos que intervienen en la regulación de la ingesta y la vigilia y atención hace que los estimulantes disminuyen la sensación de hambre y también disminuyen la sensación de sueño, pero aumentan la concentración. Otros grupos dopaminérgicos, alterados por la acción de este fármaco, pueden modificar la olfacción, y los niveles hormonales de prolactina.
 
El uso terapéutico de estimulantes tiene riesgos a corto plazo con la presentación de efectos secundarios de forma florida: disminución del apetito por pérdida de la sensación de hambre, disminución del peso, la parada del crecimiento es un dato muy debatido; afecta a la conciliación del sueño provocando insomnio y alteración del humor tipo manía y/o, desorden comportamental de tipo psicopático y contenidos mentales de tipo psicótico.
 
Los efectos a largo plazo señalan hacia la dependencia originada por el fármaco, aunque las presentaciones de liberación lenta disminuyen este efecto. Se han descrito el desencadenamiento de epilepsias graves, pero relativamente fáciles de evaluar, aunque se reconoce que este proceso es de baja frecuencia a las dosis habituales ¿Hay riesgos a largo plazo? “A pesar de la gran cantidad de bibliografía que indica beneficios a corto plazo de la medicación estimulante en niños con TDAH (Spencer et al., 2008), todavía es incierto si el equilibrio riesgo-beneficio es adecuado cuando se recomienda un tratamiento a largo plazo” (Poulton, 2006).
 
Se han realizado estudios en roedores para estudiar el efecto de los estimulantes a largo plazo, se ha demostrado que los estimulantes provocan hiperlocomoción como respuesta psicomotora. La exposición reiterada a estimulantes (5-7 días) provoca sensibilización, con una hiperlocomoción exagerada en respuesta a una única dosis de droga: la sensibilización no remite con la abstinencia, ya que continúa tras 2 meses de la suspensión del tratamiento. Ocurre tanto con la cocaína como con las anfetaminas, entonces ¿ocurrirá igual con el metilfenidato? Se hicieron estudios en roedores y el Metilfenidato (MF) provoca sensibilización a largo plazo, a los 6 días de tratamiento con MF (2,5 mg/Kg), dosis equivalente a la terapéutica en humanos en función del incremento de dopamina intracerebral (Volkov, 2001). Se comparó la hiperlocomoción tras la primera inyección de MF con la que ocurre tras la última, también hay hiperlocomoción incrementada a la administración de cocaína (administrada en lugar de MF), por lo que se concluye que el MF y la cocaína son intercambiables en la acción de los receptores neuronales.
 
También en estudios en roedores, se comprobó que los anfetamínicos facilitan hábitos inflexibles: ¿Trastornos obsesivo-compulsivos (TOC), adicción? Para lo cual se mantuvo a los roedores 15 días de tratamiento con 2.5 mg/Kg de anfetamina diarios y se realizó un entrenamiento en una tarea instrumental, consistente en apretar la palanca y conseguir un premio de un líquido dulce y aromático; luego se devalúa el premio por saciedad específica y aversión condicionada con un hemético. Tras ello se repite el test, se comprobó que la devaluación realizada no afecta a la respuesta en ratas sensibilizadas con anfetamina. Su comportamiento ya no busca el premio, por lo que se ha transformado en un hábito compulsivo, de ahí la gran pregunta: ¿adicción, TOC?
 
Otra serie de investigaciones han realizado estudios en roedores con dosis bajas de MF, en las que se comprueba que MF facilita la adicción a la cocaína. Durante 7 días se administró un tratamiento con 2 mg/Kg de MF, tras 2 semanas de abstinencia se realizó un test instrumental de autoadministración de cocaína. Cuando la rata mete la nariz en el agujero activo recibe 75 μg/Kg de cocaína mientras que en el agujero inactivo no recibe nada; se mide la cantidad de cocaína que se inyecta y el número de veces que mete la nariz en ambos agujeros. Se comprueba que introduce la nariz en el agujero con cocaína con gran facilidad y reiteración (Brandon et al, 2001).
 
Se han realizado estudios en roedores para investigar el efecto pro-depresivo a largo plazo del Metilfenidato. Durante 15 días se administró un tratamiento con 2 dosis de 2 mg/Kg de MF durante la preadolescencia (P20-35); un mes después (edad adulta) se realiza dos test de depresión, el forced swim test (FST), en el que se tira la rata al agua y se ve cuando se rinde y deja de nadar; se sabe que con los antidepresivos se alarga la lucha, pero con el tratamiento preadolescente con MF se acorta, por lo que tiene un efecto prodepresivo a largo (Carlezon, et al, 2003).
 
Conclusiones y reflexiones
¿Hemos evaluado bien riesgos-beneficios del uso de MF? La evaluación de riesgos a largo plazo requeriría un complejo seguimiento aproximadamente de unos 10 años (durante y tras tratamiento), con un grupo control (preferiblemente placebo; doble ciego) controlando todas las variables socio-educativas. Pero ¿A quién beneficiará un estudio así?
 
El Multimodal Treatment Study of Children with ADHD (MTA; 2008) analizó a 14, 24 y 36 meses, 579 niños clasificados en 3 grupos: Tratados con MF, terapia comportamental intensiva (TCI), combinado, a 14 meses el resultado era mejor con MF (solo o combinado) que sólo con TCI, a 24 y 36 meses las diferencias desaparecían: todos habían mejorado por igual.
 
Los estudios de evaluación de riesgos a largo plazo fueron revisados en la Guía NICE (National Institute for Health & Clinical Excellence, 2019) sobre TDAH. A 0.5-4 años vista, los resultados indican: Pérdida de peso y altura (en algún estudio se ve recuperación tras el tratamiento); insomnio; irritabilidad; aparición de tics; aumento de presión arterial sistólica; no parece tener efecto en aparición de trastornos de delincuencia o en la relación materno-filial. Los estudios a más largo plazo, sobre el efecto de la medicación durante la preadolescencia, la adolescencia o edad adulta son escasos y no concluyentes.
 
¿Tenemos una epidemia de TDAH?
En el Reino Unido (NICE Guide): 3.62% en niños y 0.85% en niñas. La media mundial (OMS) se cifra aproximadamente en un 5,3%. USA: Afroamericanos (5.6 5 %), hispanos (3.06%), blancos (4.33%), curiosa esta delimitación, porque en tratamiento con MF las poblaciones negra y latina es superior a la población blanca. En España: 5-7%. Colombia, México: 15-19%.
 
Parece evidente que los criterios diagnósticos no son homogéneos. En algunas culturas, hay una tendencia a sobrediagnosticar TDAH, la gran pregunta es ¿La hay aquí, en España? Mi experiencia clínica atestigua que existe una tendencia a sobrediagnosticar TDAH en España, al basarse el diagnóstico, fundamentalmente, en sumación de síntomas, descartando dos aspectos fundamentales: la semiología detallada y la comprensión psicopatológica de los procesos, un exceso del peso de los criterios DSM-V sobre los criterios de la clínica, la psicopatología y la comprensión del proceso de desarrollo, limitando el valor de lo normal y lo patológico.
 
La guía NICE discute este punto, la naturaleza ¿Por qué se tiende a sobrediagnosticar TDAH?
 
1. Los criterios diagnósticos son subjetivables y no son cuantificables: todo se basa en un “no suele” o “suele”, según el  DSM V, la persona presenta seis o más de los siguientes síntomas de falta de atención durante al menos 6 meses con una intensidad superior a la que normalmente manifiestan las personas de su misma edad: Desatención: no suele prestar atención a los detalles. Comete errores frecuentemente en el colegio, el trabajo u otras actividades; le cuesta mantener la atención en tareas o actividades de tipo lúdico; parece que no escucha cuando se le habla; no suele finalizar las tareas o encargos que empieza y no suele seguir las instrucciones que se le mandan, sin ser por un comportamiento negativista o por una incapacidad para comprender las instrucciones; le resulta complicado organizar tareas y actividades; intenta evitar realizar tareas que le suponen un esfuerzo mental sostenido (actividades escolares o tareas domésticas); pierde objetos frecuentemente (ejercicios, lápices, libros, juguetes…); se distrae con cualquier estímulo irrelevante; es descuidado en las actividades de la vida diaria.
En conjunto: no son síntomas específicos, muy al contrario, son síntomas inespecíficos y no existe prueba diagnóstica alguna que lo demuestre, siendo el diagnóstico solamente de tipo clínico, por lo que se precisa formación y experiencia con el fin de discernir entre lo normal y lo patológico de los síntomas que se presentan, no es sumación de síntomas, sino la realización de una correcta semiología de esos síntomas. Por cierto, falta una correcta evaluación acerca de la motivación hacia la tarea o el interés que despierta el proceso de enseñanza.
 
2. No hay correlatos fisiológicos del TDAH, más allá de los meramente comportamentales: pruebas bioquímicas, neuroimagen…
 
3. El diagnóstico se suele realizar vicariamente, a través del informe de los padres y/o los maestros, ante ello nos debemos preguntar: ¿son observadores imparciales?
 
4. Hay una presión creciente sobre el médico por diagnosticar TDAH: Por parte de los padres, puesto que si el niño tiene TDAH los padres sienten el alivio de no sentirse responsables y se descarta un problema de errores en la educación. Los profesores: el diagnóstico del niño con problemas de comportamiento en clase ayuda a conseguir apoyos educativos y no se cuestiona el método de enseñanza empleado. Los padres de los compañeros: los problemas de comportamiento en la escuela repercuten en los compañeros y se espera que el MF cambie la situación, es del “enfermo” y no de la interacción en el grupo de pares.
 
5. Evidentemente, el MF es un gran negocio para las compañías farmacéuticas. Sobre todo, con el empleo de las nuevas presentaciones galénicas de liberación progresiva, que son mucho más caras que la presentación clásica del MF.
6. No olvidar: las nuevas presentaciones se están vendiendo comprimido a comprimido, durante los fines de semana, a precios elevados, estimulando otras conductas adictivas.
Todos se benefician: excepto, quizás, el niño.
 
Bibliografía
–          Brandon, S et al. (2001). Enhanced reactivity and vulnerability to cocaine following methylphenidate treatment in adolescent rats. Neuropsychopharmacology. 25: 651-61
–          Carlezon WA Jr; Mague SD & Andersen SL. (2003). Enduring behavioral effects of early exposure to methylphenidate in rats. Biol Psychiatry 54(12):1330-1342.
–          Faraone, SV; Biederman, J; Morley, CP & Spencer, TJ (2008). Effect of stimulants on height and weight: a review of the literature. J Am Acad Child Adolesc Psychiatry, 47 (2008), pp. 994-1009. http://dx.doi.org/10.1097/CHI.ObO13e31817eOea7.
–          Martínez-García, F (2016)¿Es peor el remedio que la enfermedad? El uso de psicofármacos para el tratamiento de trastornos del comportamiento: una visión crítica desde la Neurociencia. Conferencia en Congreso de Asmi-WAIMH.
–          MTA Cooperative Group (2008): National Institute of Mental Health Multimodal Treatment Study of ADHD follow-up: changes in effectiveness and growth after the end of treatment. Pediatrics 113: 762-769.
–          NICE (2005) Guidance on the use of newer (atypical) antipsychotic drugs for the treatment of schizophrenia. Technology Appraisal No. 43 (revisado en mayo, 2005).
–          NICE (2019): Attention deficit hyperactivity disorder: diagnosis and management. London, 13, september, 2019.
–          Pedreira Massa, J.L. (2016) TDAH en la infancia y la adolescencia: ¿Quo vadis? Conferencia en Sociedad Mexicana de Psiquiatría Infancia y adolescencia. México, 2019.
–          Pedreira Massa, J.L. (2022) España, a la cabeza mundial, en el consumo de psicofármacos: aproximación a un análisis estructural. Acceso Justo al Medicamento, 10 (marzo), 17-21.
–          Poulton, A. (2006) Growth and Sexual Maturation in Children and Adolescents with Attention Deficit Hyperactivity Disorder. Current Opinion in Pediatrics, 18, 427-434.
http://dx.doi.org/10.1097/01.mop.0000236394.94827.4c.
–          Yu, A; KasumovM. KociakS. GuéronB. ReuletVolkov, VT; Klinov, DV & Bouchiat, H (2001) Proximity-Induced Superconductivity in DNA. SCIENCE, 12 Jan 2001, Vol 291, Issue 5502, 280-282. DOI: 10.1126/science.291.5502.280.
 

Leadiant: un caso paradigmático de abuso
farmacéutico denunciado por OCU

AUTOR: José María González Vigueras. Coordinador de Salud de OCU (Organización de Consumidores y Usuarios).

Revista Nº 18 – Febrero 2023

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), fundada en diciembre de 1975, es la principal organización de consumidores española. Cuenta con más de 200.000 socios suscritos a algunas de nuestras publicaciones y medio millón de simpatizantes o amigos de OCU que apoyan la organización en diferentes campañas y proyectos (1)
 
Entre las diversas áreas de actuación de OCU se encuentra la defensa de los derechos de los consumidores y usuarios en materia de Salud. Y dentro de este capítulo son diversas las acciones relacionadas con el acceso de los ciudadanos a los servicios sanitarios en condiciones de equidad y calidad. A este respecto, un tema sobre el que nos mostramos especialmente preocupados es el del acceso a los medicamentos a un precio justo, ya sea a través de reivindicaciones en solitario, en colaboración con otras organizaciones de consumidores europeas o con entidades con las que compartimos fines comunes, como la plataforma No Es Sano (en el seno de la cual trabajamos codo a codo con otras organizaciones del ámbito sociosanitario, como la Asociación Acceso Justo al Medicamento).
En este artículo repasamos algunas de las acciones más destacadas de OCU, y en concreto detallamos nuestro éxito más reciente, la sanción a la farmacéutica Leadiant por abuso de posición dominante, un caso que si bien afecta a pocos pacientes puede considerarse paradigmático de las peores maniobras de la industria farmacéutica.
 
Aspen y el caso Avastin/Lucentis
Una de estas acciones fue la denuncia contra la farmacéutica Aspen ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por el encarecimiento injustificado de varios medicamentos contra el cáncer, que propició la apertura de un expediente sancionador(2). Un expediente que no llegó a materializarse en sanción dado que el caso se elevó finalmente a la Comisión Europea, ante la cual Aspen aceptó bajar los precios en un compromiso vinculante(3).
 
Otro caso escandaloso que fue denunciado por OCU fue el de Avastin/Lucentis, que lamentablemente no llegó a buen término en España pero que desembocó en multas millonarias(4) en Bélgica (contra Novartis), Italia (contra Novartis y Hoffmann-La Roche) y Francia (contra Novartis, Hoffmann-Roche y Genentech) por sus maniobras para fomentar el uso de Lucentis sobre el de Avastin. Ambas moléculas se utilizaban para el tratamiento de la degeneración macular asociada a la edad, pero en el caso de Lucentis a un precio cien veces más caro.
 
El caso Leadiant: historia de un abuso
Este caso se refiere al tratamiento con ácido quenodesoxicólico (AQDC) de los pacientes con xantomatosis cerebrotendinosa (XCT), un tratamiento que en nuestro país financia íntegramente el Sistema Nacional de Salud.
 
La XCT es una enfermedad rara de tipo metabólico, de las que unas 50 personas están diagnosticadas en España. Los primeros síntomas suelen presentarse en la infancia, pero el cuadro típico puede no ser evidente hasta la edad adulta. Los pacientes a menudo sufren diarrea crónica, desarrollan cataratas a una edad temprana y luego, progresivamente, problemas de salud de lo más variado: neurológicos y psiquiátricos (ataxia, deterioro cognitivo, epilepsia, parkinsonismo, demencia, etc.), hepáticos, cardiovasculares (arteriosclerosis), de absorción de nutrientes y óseos (osteoporosis, fracturas), etc.
 
La causa de esta enfermedad se encuentra en la ausencia de la enzima esterol 27-hidroxilasa, que interviene en el proceso de síntesis de los ácidos biliares. Debido a este fallo las personas con XCT tienen déficit de ácidos biliares y exceso de las sustancias precursoras, el colesterol y el colestanol. Ambas se van depositando como acúmulos de grasa o xantomas por todo el cuerpo, especialmente en el sistema nervioso central, tendones, piel, pulmones y huesos. La enfermedad no tiene cura, pero puede tratarse con 250 mg de AQDC administrado 3 veces al día, lo que ralentiza la progresión y mejora los síntomas.
 
Este fármaco, de suministro hospitalario, multiplicó su precio desde los 0,15 euros que costaba una cápsula en 2008 hasta los 146,18 que costaba en 2017: el precio se multiplicó por mil.
 
¿Cómo se llegó a esta situación? El AQDC es un principio activo antiguo que no estaba protegido por una patente. Originalmente estaba autorizado para el tratamiento de los cálculos biliares, pero a mediados de los años 80 se comprobó que, en personas con XCT, el AQDC normalizaba los niveles de colestanol y era eficaz contra los síntomas de la enfermedad. A partir de entonces se empezó a utilizar en estos pacientes fuera de la indicación autorizada (uso off label).
 
En los años 70 varios laboratorios lo comercializaban para los cálculos biliares. En España se vendía con dos nombres: Quenobilan (de laboratorios Estedi) y Quenocol (de Zambon). Otras marcas fuera de nuestras fronteras eran Chenofalk (de laboratorios Dr Falk Pharma), Chenix (de laboratorios Solvay) o Xenbilox (de Sigma-Tau, laboratorio que luego cambió su nombre a Leadiant). Pero todas estas marcas desaparecieron del mercado, en algunos casos por razones de desinterés comercial de la propia compañía y en otros casos como resultado de una operación estratégica de Leadiant para hacerse con todo el mercado. De hecho, este laboratorio adquirió los derechos y autorización de comercialización de Chenofalk y Chenix entre 2008 y 2009.
 
Leadiant, por aquel entonces aun Sigma-Tau, entretanto, consiguió que en 2014 la Comisión Europea aceptara su solicitud y designara al AQDC como medicamento huérfano, apto para el tratamiento de una enfermedad rara. El interés de Leadiant en lograr esa denominación radicaba en las ventajas que la normativa de la Unión Europea (UE) concede a quienes fabrican estos medicamentos. La más importante, los 10 años de exclusividad para comercializar el fármaco en toda la UE, una vez que este es autorizado.
 
Tres años después, en 2017, Leadiant presentó una solicitud a la Agencia Europea del Medicamento (EMA) para que autorizara el uso del AQDC para la nueva indicación, tratar la xantomatosis cerebrotendinosa. Dicha autorización se aprobó, y de esta forma Leadiant pasó a ser el único autorizado para comercializar en exclusiva, hasta 2027, AQDC en el mercado europeo para la indicación de XCT.
 
España no era una excepción. Pese a que habían dejado de comercializarse los medicamentos a base de AQDC para tratar los cálculos biliares, en nuestro país se hacía todo lo posible para mantener el tratamiento a los enfermos con XCT. Por ejemplo, hasta junio de 2017 en España se estuvo importando desde Alemania bajo la marca Xenbilox. Como ya hemos comentado, todo terminó cuando Leadiant lo retiró del mercado. Su estrategia fue cambiarle el nombre y el precio: de Xenbilox pasó a llamarse Ácido quenodesoxicólico-Leadiant. Y el envase de 100 cápsulas, de 3.903 euros pasó a costar 14.618 euros (casi cuatro veces más). Una gran jugada, que permite obtener una extraordinaria rentabilidad.
 
Cuando Xenbilox desapareció los diferentes países afectados utilizaron otra baza para reducir costes: prepararlo ellos mismos como fórmula magistral en los servicios de farmacia hospitalaria. Dependiendo del hospital, el envase de 100 cápsulas podía costar entre 151-450 euros, muy barato, pero es que también lo era la materia prima, ya que el AQDC se elabora a partir de los ácidos biliares del buey. Esa vía, sin embargo, quedó también paralizada. Leadiant, en su afán por proteger su negocio por todos los medios, solicitó a las autoridades inspecciones que concluyeron que la materia prima contenía impurezas por encima de las permitidas por la Farmacopea Europea, de esta manera se consiguió interrumpir la elaboración de la fórmula magistral en Países Bajos y en Bélgica.
 
En junio 2021 la compañía, tras solicitar al Ministerio de Sanidad comercializar AQDC-Leadiant en España (hasta entonces se había estado proveyendo vía “medicamento extranjero”) consiguió que la Comisión Interministerial de Precios de Medicamentos aprobara la financiación de este medicamento con un precio de venta de laboratorio de 14.000 euros por envase de 100 cápsulas.
 
La denuncia de OCU
A juicio de OCU, Leadiant se ha aprovechado del sistema de incentivos para medicamentos huérfanos. Las ventajas regulatorias y los 10 años de exclusividad de mercado son para que la industria farmacéutica invierta en investigar y desarrollar medicamentos para enfermedades que afectan a muy pocos pacientes y que, por tanto, son poco rentables económicamente. Pero en este caso, OCU considera que el laboratorio aprovechó un defecto de la norma para crear un monopolio en torno a un medicamento antiguo, de eficacia y seguridad ya conocida, que se venía usando con normalidad para tratar una enfermedad rara. Leadiant no ha invertido en I+D y definitivamente la naturaleza de la materia prima difícilmente justifica el extraordinario incremento del precio.
 
Por eso, OCU presentó en 2019(5) muna denuncia contra Leadiant ante la CNMC, denuncia que finalmente derivó el pasado mes de noviembre en la imposición de una multa de 10.250.000 euros por abuso de posición dominante(6). Y no hemos sido los únicos: denuncias similares tuvieron lugar en Países Bajos(7) e Italia(8), resultando en multas de 19,5 millones y 3,5 millones de euros, respectivamente.
 
Una reflexión final: Urge cambiar el sistema
La función de los gobiernos es defender el interés general y garantizar el acceso de la población a los medicamentos que precise, así como asegurar la sostenibilidad del sistema público. Es inadmisible que se comprometa el presupuesto público destinado al gasto farmacéutico y se juegue con la salud de los españoles.
 
Es por eso que desde OCU pedimos que:
 
– Se modifique el sistema de incentivos de los medicamentos huérfanos para que no vuelvan a darse casos como este u otros similares.
– Los estados hagan valer su capacidad de compra para rechazar propuestas abusivas de los laboratorios y negociar precios razonables.
– Se fomenten las compras centralizadas de nuevos fármacos a nivel europeo, para conseguir una fuerza de negociación aún mayor.
– En casos concretos, podría incluso promoverse la emisión de licencias obligatorias que permitan su fabricación como genéricos, algo totalmente legal en caso de necesidad por razones de salud pública.
– Es urgente, además, empezar a trabajar en la reforma integral del sistema de concesión de patentes y de fijación de precios en Europa, de forma que se marquen precios justos para garantizar el acceso a los medicamentos. Insistimos: la salud de los ciudadanos no es un juego.
 
Referencias
1.- Memoria OCU 2021: https://www.ocu.org/info/memoria-ocu
2.- Aspen investigada por la CNMC: https://www.ocu.org/salud/derechos-paciente/noticias/competencia-abre-expediente-a-aspen
3.- La Comisión Europea acepta los compromisos contraídos por Aspen: https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/ip_21_524
4.- Multas europeas a Novartis: https://www.ocu.org/salud/medicamentos/noticias/avastin-lucentis-multa-francia
5.- OCU denuncia a Leadiant ante la CNMC: https://www.ocu.org/organizacion/prensa/notas-de-prensa/2019/denuncialeadiant240619
6.- La CNMC multa a Leadiant: https://www.cnmc.es/prensa/sancionador-leadiant-20221114
7.- La autoridad neerlandesa de la competencia multa a Leadiant: https://www.acm.nl/en/publications/acm-imposes-fine-drug-manufacturer-leadiant-cdcas-excessive-price
 
8.- La autoridad italiana de la competencia multa a Leadiant: https://en.agcm.it/en/media/press-releases/2022/5/A524?_ga=2.228453662.226647881.1677489730-2088998707.1650445175
 

Las farmacéuticas ganan 90.000 millones de dólares al año con las vacunas covid financiadas con dinero público.

Autor/a: Sara Plaza Casares

Resumen: Documentado artículo basado en el informe del Centro para la Investigación de las Corporaciones Multinacionales SOMO, en Holanda: Pharma´s pandemic Profits  y en la revision de los Acuerdos de Compra Anticipa (APA). Así como las aportaciones de Fernando Lamata – AAJM
Evidencia, por encima de todo, los astronómicos beneficios de las Multinacionales Farmacéuticas  a pesar de la Financiación Pública y los resultados de inequidad de la vacuna a nivel mundial.

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REFERENCIA EN EL BLOG DE FERNANDO LAMATA

Presentación del libro  «El Sistema Nacional de Salud. Pasado, presente y desafíos de futuro»

Resumen:  Los autores,  expertos en política y gestión de Servicios Sanitarios,  promueven un Pacto de Estado de carácter federal para abordar una refundación de nuestro Sistema Nacional de Salud

Pedro Sabando, Francisco Torres-González, Fernando Lamata Cotanda, Juan José Rodríguez Sendín, Ramón Gálvez Zaloña, Carmen Montón Giménez y Javier Rey del Castillo son los autores de este trabajo oportuno e imprescindible.
Aspectos como el incremento de la  Financiación Pública, la preocupación por los profesionales, la Gestión de la Atención Primaria y Hospitalaria, las políticas de Salud Mental, los medicamentos y la política farmacéutica por su accesibilidad y repercusiones en la inversión y el gasto, y las tendencias privatizadoras, son analizados y reconducidos.
Universalidad real en la cobertura y Cohesión en la gestión son necesarios para reforzar y cubrir las iniciativas necesarias.
Gobierno de la Nación y CCAA deben responsabilizarse y comprometerse en estas tareas.

NOTA DE PRENSA

Licencias obligatorias de derechos de propiedad intelectual

Autor:  Centro de Estudios Internacionales de Propiedad Intelectual (CEIPI). Universidad de Strasburgo (UNISTRA)

Resumen:

El principal objetivo del estudio es ayudar a la Comisión Europea a definir los problemas potenciales relacionados con las licencias obligatorias («CL») en la Unión Europea («UE»), así como identificar y evaluar una serie de opciones políticas para mejorar la coherencia y la eficacia de el sistema de licencias obligatorias tal como se aplica en la UE. El enfoque principal del estudio son las emergencias públicas, con especial atención a las crisis relacionadas con la salud. Puede haber otras necesidades urgentes de licencias de tecnologías para producir productos para otros tipos de emergencias, como desastres naturales (p. ej., inundaciones y medios para purificar el agua) o desastres nucleares (equipos de protección) o escasez de alimentos esenciales (variedades de plantas protegidas) , entre otros tipos de crisis. La definición del problema del Estudio y el desarrollo de posibles opciones de política se han completado teniendo en cuenta este amplio alcance de posibles crisis, pero en acuerdo y consulta con la Comisión Europea. Por lo tanto, el alcance de las crisis examinadas en el contexto del sistema de CL se considera en la medida de lo posible, con la salvedad subyacente de que una CL no debe emitirse con más frecuencia de lo que actualmente es posible bajo un enfoque de «último recurso». En otras palabras, CL como herramienta legal debe aplicarse con moderación como solución en caso de que no se alcancen acuerdos voluntarios sobre una o más tecnologías críticas.

INFORME FINAL DEL ESTUDIO (pdf)

MPP STRATEGY 2023-2025

Autor:  Medicines Patent Pool

Resumen:  El Medicine Patent Pool ha presentado recientemente (31-Enero_2023) su estrategia y plan de actuaciones para los próximos  tres años. Ampliar el acceso a medicamentos antiinfecciosos. Establecer algunas licencias voluntarias para otras enfermedades. Facilitar el desarrollo de tecnologías sanitarias. Acelerar un acceso equitativo a todo tipo de tecnología sanitaria preciso en otras pandemias o crisis sanitarias. Apoyar la capacidad de fabricación diversificada y sostenible.
Sus Áreas de interés principales serán: Hepatitis o otras infecciones, Salud Materno infantil, Vacunas ARNm, Covid-19 y Transferencia de tecnologías y Producción local.

DOCUMENTO – ESTRATEGIA MPP 20023-2025

Radiografía de la Sanidad. ( 30/Enero/2023 )

Autor:Rtvenoticias. Carlos Franganillo

Resumen: Un amplio recorrido por distintos Servicios Regionales e Instituciones, Hospitales y Equipos de Atención Primaria, del Sistema Nacional de Salud en un momento en que Usuarios y Profesionales vienen reclamando atención sobre la situación que atraviesa nuestro Sistema Sanitario: Déficit de Financiación, Desviación de inversión al sector privado, Precariedad y falta de preocupación por la situación de los profesionales, etc.. que se traducen en una atención deficiente a los  ciudadanos.
Fernando Lamata y Rafael Matesanz analizan estos aspectos, sus causas y aportan posibles soluciones a los largo de este reportaje muy oportuno y bien elaborado.

ENTREVISTA RTVE

El acceso justo al medicamento a través de una formación médica libre de humos de la industria

Resumen:  Ya se encuentra disponible el Nº 17 de nuestra Revista AAJM. La Editorial de Juan José Rodriguez Sendín cuestiona y alerta de los peligros de la iniciativa de compartir la Historia Clinica de los pacientes con organizaciones privadas. Antonio Pujol de Castro y Luis Montiel en distintos artículos y puntos de vista abordan el tema de la formación médica y su implicación con el acceso a los medicamentos.
Javier Sánchez Caro antepone el principio ético de justicia  a la dificultad de acceso a los Medicamentos de Terapias Avanzadas.
José Manuel Estrada y Serapio Severiano presentan a los «malos de las películas» que tienen que ver con la Industria Farmacéutica.

Imprescindible un repaso por los artículos de Otras Fuentes e Informes y Documentos.
Nueva Sección sobre la situación actual de la Sanidad Pública en España.

NOTA DE PRENSA

Compartir la historia clínica entre entidades públicas y privadas en una comunidad autónoma

EDITORIAL Revista Nº 17 – Enero 2023

AUTOR: Juan José Rodríguez Sendín. Médico, presidente de la Asociación Acceso Jsto al Medicamento.

Abrimos el nuevo año de la revista AAJM con las preocupaciones en torno al medicamento, acrecentadas por nuevos acontecimientos y la aparición de  medicamentos que compiten con la penúltima novedad por obtener un precio mas elevado y que hacen imposible su financiación pública. Con todo ello un cambio legislativo en la Comunidad de Madrid que afecta al acceso de la historia clínica publica desde la atención sanitaria privada llama nuestra atención y preocupación.
 
La historia clínica (HC) es el documento sanitario donde se registran datos asistenciales, preventivos y sociales, obtenidos directa o indirectamente de cada paciente, que se actualizan con el tiempo y que tanto garantías como condiciones y contenido mínimo de la misma están establecidos en la ley de Autonomía del Paciente.  Para la elaboración de la HC es fundamental la relación de confianza entre el médico y el paciente o entre el enfermero y su paciente. Contiene la información y el relato que el profesional que la realiza considera más relevantes, en relación con la salud anterior, actual e incluso futura del paciente. La HC recoge todo aquello que puede facilitar el trabajo del personal sanitario y garantizar una correcta atención a los pacientes. La razón única de la historia clínica es la mejor asistencia sanitaria y el mejor desarrollo y continuidad de los cuidados. Para alcanzar esos objetivos es de interés el lograr la mayor integración posible de la información del paciente (Art. 61 Ley General de Sanidad y art. 15.4 Ley Autonomía del Paciente).
 
La historia clínica contiene información muy sensible, incluso entra en su intimidad, que el paciente ha ofrecido en la confianza de la consulta, cuando el sufrimiento, la ansiedad o el miedo le atenazan. Esos datos tan sensibles se ceden desde la seguridad y garantías ofrece el médico y los demás profesionales sanitarios que accedan a ella, con el estricto secreto y confidencialidad de la información recibida. En la actualidad esos datos se ven incrementados notablemente por el avance en los conocimientos que la genética nos brinda sobre los procesos que sufre o sufrirá cualquier ciudadano e incluso su descendencia. Proteger la intimidad del paciente, guardar secreto y confidencialidad debida de su información sanitaria, siempre fue substancial, pero hoy aumenta exponencialmente su importancia. El deber de secreto del profesional solo puede verse alterado por excepciones, bien por imperativo legal o para evitar daño al propio paciente o a terceras personas.
 
Mucho se ha discutido sobre la propiedad de la HC, sin embargo, lo importante es preguntarse por el derecho y obligación de acceso a la misma.  El trabajo en equipo, el trabajo en instituciones o la necesidad de que un profesional diferente pueda atender al paciente en cualquier circunstancia, permite que varios profesionales accedan a la historia del paciente. Sin embargo, el acceso a la misma será solo y siempre por necesidad asistencial. Ser médico o trabajar en una institución sanitarias no otorga a nadie derecho alguno a acceder a la historia del paciente salvo por motivos asistenciales. Por otro lado, todos los que de forma justificada tengan accesos a la historia de un paciente tienen la misma obligación de mantener la confidencialidad y el secreto del contenido de esta.
 
La HC debe acompañarse de transparencia, responsabilidad y universalidad. La transparencia obliga a que el paciente conozca la información y documentación que sobre su persona dispone la HC, así como el uso que se le dará a la misma. El medico debe informa a sus pacientes de la necesidad de proteger y garantizar su intimidad e información clínica y de las consecuencias posibles de no hacerlo. Responsabilidad para prever las consecuencias que para los pacientes puedan tener las fugas y difusión de información confidencial. La universalidad supone que las normas y obligaciones con la información sanitaria deben aplicarse con carácter universal a todos los pacientes sin distinción ni diferencia alguna.
 
Las nuevas tecnologías que permiten la concentración, acceso y explotación inmediata, mediante inteligencia artificial, desde cualquier punto geográfico a mega bases de datos únicas, de las historias electrónica de salud de toda la población de una comunidad autónoma, constituyen un factor de progreso indudable. No obstante, en su utilización deben considerarse los peligros para la confidencialidad de los datos, por su almacenamiento fácil de ocultar, su infinita capacidad de copia y transferencia indetectable y de ínfimo coste y sus ilimitadas posibilidades de procesamiento, cruce, explotación e incluso uso fraudulento. Teniendo en cuenta que el interés y el valor de tanta información son elevados, especialmente con un uso ilegal o fraudulento, no puede garantizarse que la protección de los datos médicos centralizados sea infranqueable; basta una única fuga, en un único punto para que los daños sean catastróficos e irreparables. El almacenamiento masivo centralizado de la información clínica es el que mayores riesgos supone para el secreto y la confidencialidad, comparando con las bases de datos distribuidas.
 
La concentración de datos tan sensibles y determinantes, no solo de la vida de un ciudadano concreto sino de grupos poblacionales enteros, tanto de una comunidad o de un país, los hace codiciables, por lo que no pueden admitirse razones por muy irrefutables que parezcan, que pongan en riesgo, con el uso indebido, los almacenes de información sanitaria. La amenaza a la confidencialidad exige una total transparencia sancionadas por el consenso de grupos independientes (científicos, profesionales, judiciales, políticos, ciudadanos, económicos y comerciales) en cuanto a la pertinencia y relevancia de los datos precisos. Cualquier bien material se puede sustituir o reemplazar por otro, sin embargo la información de salud, los datos genéticos o la intimidad de las personas, que determinan inevitablemente la vida de la gente, una vez conocidas, publicitadas o utilizadas  no se pueden sustituir ni cambiar, ni ocultar.
 
Dadas las características fines y escasas limitaciones en cuanto a necesidad, pertinencia, relevancia y temporalidad de la información disponible, ningún conjunto de medidas físicas de seguridad, ni sistema de claves, encriptamientos, verificaciones, restricciones, niveles de acceso, etc., aun siendo imprescindibles y necesarios, pueden proteger los datos computarizados de una persona que, que teniendo acceso a ellos, permita usarlos o los utilice –por desconocimiento, descuido o intencionadamente– para una finalidad distinta de la formalmente establecida. 
 
Una modificación de los artículos 22, 25, 140 y una nueva disposición adicional en la Ley 12/2001, de 21 de diciembre de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, permitirá compartir la historia clínica entre entidades públicas y privadas. Concretamente el artículo 25 apartado 2: “Los profesionales sanitarios que presten servicio en hospitales o centros sanitarios de la Comunidad de Madrid, podrán tener acceso a la información contenida en la historia clínica electrónica, tanto pública como privada, de los pacientes a los que prestan asistencia en el marco temporal que dure esa atención. Este acceso exige el cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter personal y del consentimiento del paciente, de acuerdo con sus regulaciones específicas».
 
Llama la atención la modificación del apartado 2 del artículo 140: “el personal al servicio de las Administraciones públicas que desarrolle las funciones de inspección, debidamente acreditado mediante identificación profesional por código numérico, podrá realizar cuantas actuaciones se requieran para el cumplimiento de la función inspectora, y en especial: a) Entrar libremente en cualquier dependencia del centro o establecimiento sujeto a esta Ley, sin necesidad de previa notificación. b) Proceder a las pruebas, investigaciones o exámenes necesarios para comprobar el cumplimiento de lo previsto en esta Ley y en las normas que se dicten para su desarrollo. c) Adoptar aquellas medidas cautelares que legalmente les sean atribuidas, para asegurar la efectividad en la protección de la salud, cuando exista o se sospeche razonablemente la existencia de un riesgo inminente grave para la salud de las personas».
 
Solo el paciente puede decidir a quién ofrece la información relativa a su salud actual y pasada, así como sus antecedentes personales familiares especialmente los genéticos. La información que contiene la historia clínica pertenece a cada paciente que tienen la última palabra acerca de a quien la entrega y de lo qué se puede hacer con ella. Por otro los médicos que reciben y registran información de los pacientes son los garantes últimos de la confidencialidad y responsables de su seguridad y de los datos que entregan a un tercero –salvo en los casos previstos por Ley- bien para transferencia electrónica, almacenamiento o cualquier otro tipo de almacenamiento. 
 
Sorprende que un cambio legislativo tan determinante, que no contemple la necesaria coordinación que establece la Ley de Autonomía del Paciente, sea competente para llevarlo a cabo una Comunidad Autónoma y que no requiera de un cambio legislativo Estatal. También sorprende la perdida de universalidad en tanto que las normas y obligaciones con la información sanitaria deben aplicarse con carácter universal a todos los pacientes sin distinción ni diferencia alguna. Tras lo cual es difícil entender que sin haber logrado la accesibilidad e interoperabilidad de la historia clínica entre los diferentes sistemas de información sanitaria autonómicos, exclusivamente por razones partidarias, se permita el acceso a las historias publicas desde el aseguramiento privado en la Comunidad de Madrid. Mas allá del derecho que asiste a cada ciudadano de ofrecer su información de salud a todo aquel profesional que considere oportuno, preocupa extraordinariamente los efectos que pueda producir la decisión, así como sus consecuencias que no son otras que seguir facilitando la privatización de los servicios públicos utilizando y absorbiendo de los mismos lo que más conviene.
 

El acceso justo al medicamento en la formación de los estudiantes de Medicina

Revista Nº 17 – Enero 2023

AUTOR: Luis Montiel. Catedrático jubilado de Historia de la Ciencia. Exdirector de la Cátedra UCM-Farmamundi “Derecho a la salud y acceso a medicamentos.

Mi contribución al empeño de la Asociación por el Acceso Justo al Medicamento (AAJM) es casi contemporánea de su fundación en 2016. Meses más tarde, ya en 2017, se fundó la Cátedra extraordinaria UCM-Farmamundi “Derecho a la salud y acceso a medicamentos”, de la que fui codirector en nombre de la Complutense hasta mi jubilación como Catedrático de Historia de la Ciencia en la Facultad de Medicina, coincidente con el final del período de tres años (renovable) de validez del convenio entre ambas instituciones, universidad y ONG, sustentadoras de la cátedra. Durante ese tiempo mi aportación más relevante ha consistido en hacer llegar, por todos los medios académicos posibles, a los estudiantes de Medicina -y, por extensión, de otras ciencias de la salud- el mensaje y los estudios realizados por la Asociación y otras organizaciones civiles militantes en el mismo campo.
 
Lo que hoy pretendo dar a conocer es simplemente fruto de mi experiencia docente con estudiantes de medicina en la UCM; una experiencia que comienza, y a menudo acaba, en el primer curso del grado, especialmente a través de los seminarios de la materia “Humanidades médicas”, y que no de manera excepcional, aunque sí minoritaria, continúa a lo largo de la carrera y, en no pocos casos, durante mucho más tiempo. No tiene, pues, pretensiones “científicas” en el sentido que comúnmente se le da al término; pero creo que lo descubierto de este modo puede hacerse extensivo a otras universidades, como me ha sugerido a menudo lo compartido en charlas, seminarios y talleres realizados en otras comunidades del Estado español, y que su difusión para ulterior reflexión y debate no carece de interés.
 
Tamquam tabula rasa
Lo primero que hay que señalar es que, salvo escasísimas excepciones, quienes comienzan el estudio de la medicina lo ignoran todo acerca del problema que nos ocupa. Sin duda esto es bastante comprensible: en general se trata de jóvenes de dieciocho años, pues -de nuevo salvo excepciones- solo los de esta edad que, además, llegan lanzados desde la enseñanza secundaria, están en condiciones de alcanzar la elevada nota de corte que les permite acceder a dicho estudio. A esa edad pocos están al corriente de un problema tan acuciante como el que nos ocupa, el acceso justo a medicamentos; pero hay algo más que hace aún más difícil su conocimiento, y aquí tocamos una de las raíces del problema: precisamente para llegar a donde han llegado han tenido que entrar, durante al menos los dos años previos al paso por la selectividad, en la diabólica dinámica de estudio intensivo para la cosecha de calificaciones que, como efecto colateral indeseable, actúa como unas auténticas anteojeras frente a la realidad social. Preguntados por mí al respecto en el curso de los mencionados seminarios, muchos estudiantes admiten haber limitado bruscamente su vida social y familiar durante ese período en aras del objetivo académico.
 
Y, como suele decirse, eso no ha hecho más que empezar.
 
Para quien está dispuesto a aceptarlo, el comienzo de los estudios de grado es, también, el de un secuestro; consciente o inconscientemente aceptado, pero secuestro. Una de las quejas más comunes de los estudiantes que escuchamos los docentes es que “no tienen vida”. Esto, que a menudo tiene algo de coartada, no es del todo falso. Algunos de mis alumnos y exalumnos más comprometidos, que participan con entusiasmo en actividades extracurriculares, y a veces extraacadémicas, con cierta frecuencia han tenido que disculparse, con auténtica pena, por no poder participar en alguna de ellas a causa de la presión a la que se veían sometidos por la preparación de exámenes u otras tareas obligatorias.
 
El caso es, volviendo al comienzo, que la mayoría llega a la facultad “como una tablilla (de escritura) en la que no hay nada escrito” sobre el problema del acceso a medicamentos, y con planteamientos idealistas muy apartados de la realidad. Cuando lanzo, sin pretensiones de cuantificación técnica, la pregunta por el motivo de su elección profesional, una gran mayoría responde: “salvar vidas”. Lo ingenuo y poco realista de la respuesta ha acabado por no desconcertarme, y desde luego me ha ilustrado sobre la tarea por cumplir.
 
El modelo vigente
Lo que podríamos considerar malformación congénita de nuestros planes de estudios es la apuesta, en términos reales casi unilateral, por el modelo científico-biológico. Las declaraciones oficiales acerca de la condición social de la medicina y del llamado “modelo biopsicosocial” no pasan, en la realidad, de meros adornos cuya función es la legitimación frente a la sociedad y el mantenimiento de una confusa idea de médico humanista.
 
Esto se traduce  en la creciente presencia de titulados no médicos en el profesorado de las disciplinas denominadas básicas, impartidas en el primer ciclo de la formación médica. Este hecho, positivo sin duda en el campo de la imprescindible investigación, a menudo tiene un efecto negativo en la docencia, pues quienes la realizan jamás han realizado, por razones obvias, tareas asistenciales. Por ello no resulta extraño que las plataformas de investigadores lleven tiempo solicitando dos vías diferentes para el desempeño de la labor universitaria: una preponderantemente investigadora y otra preponderantemente docente.
 
En línea con lo anterior habría que replantearse el sistema de promoción profesional en el ámbito académico, que fomenta el interés por la publicación de trabajos científicos por considerarlos más susceptibles de evaluación objetiva que los méritos docentes; por no hablar de la consideración social del investigador frente al supuestamente mero docente. No existe un lema semejante al bien conocido publish or perish en el ámbito de la transmisión de los conocimientos esenciales para formar médicos.
 
En línea con lo anterior se ha intentado con éxito que todos los alumnos terminen su formación demostrando su capacidad investigadora mediante un trabajo de fin de grado / máster del que se espera, y a menudo se consigue, que desemboque en una publicación indexada o en su presentación en un congreso, de preferencia internacional. Este objetivo, indudablemente valioso, demuestra la gran importancia, que a mi parecer implica un riesgo de deslumbramiento, concedida a la faceta investigadora de la formación.
 
El actual modelo de formación especializada (MIR), al depender de una prueba cuyos principales e indiscutibles valores son la objetividad y la igualdad de oportunidades, induce al estudio memorístico de factores mayoritariamente objetivos, como son los biológicos, lo que ha conducido a que una vez finalizados los estudios de grado la mayoría de los alumnos dedique un año más a la preparación de dicho examen en academias ad hoc. Este modelo no hace sino reforzar la creencia en el valor inatacable de los datos así aprendidos, fomentando, seguramente sin pretenderlo, una actitud mental poco flexible en el médico.
 
Los resultados de dicha prueba son reveladores: en el curso de los últimos años las plazas que antes se agotan han sido las correspondientes a Cirugía Plástica, Dermatología y Cardiología, quedando las de Medicina Familiar y Comunitaria reservadas, salvo excepciones, a los estudiantes con calificaciones más bajas y en muchos casos sin cubrir. En cuanto a las de Medicina Preventiva y Salud Pública, según los profesionales de dicha especialidad, “siguen siendo casi desconocidas para los estudiantes” (título de un artículo publicado en fechas relativamente recientes: http://elmedicointeractivo.com/la-medicina-preventiva-y-salud-publica-siguen-siendo-casi-desconocidas-para-los-estudiantes/), lo que ha convencido a los profesionales del área de la necesidad de convocar unas jornadas para estudiantes dedicadas a informar sobre el valor del trabajo en dicha disciplina.
 
Como ya adelanté, el absorbente horario de trabajo del estudiante de medicina, y también del de secundaria que aspira a conseguir la nota de corte para entrar en la carrera,  prácticamente le inhabilita, salvo excepciones, para estar al tanto de la realidad social circundante y de sus implicaciones para la salud. A menudo he observado entre mis estudiantes la renuencia a ocuparse de temas que consideran “políticos” y ajenos a sus intereses e incluso a la ética profesional, que supuestamente quedaría satisfecha “sabiendo la medicina que hay que saber”, es decir, los conocimientos suministrados por el programa docente.
 
La masa de horas de docencia presencial sumada a la de trabajos a realizar por el alumno fuera de las aulas dificulta extraordinariamente, cuando no imposibilita, el simple planteamiento de actividades que desborden los márgenes del programa. Foros de debate, conferencias acerca de cuestiones de interés social, ético y político que inciden de manera directa en la salud de la población y en el ejercicio de la medicina; en suma: actividades tendentes a empoderar al estudiante, futuro médico, y a despertar su capacidad de activismo, resultan generalmente impracticables a pesar del interés de muchos alumnos salvo al precio de saltarse alguna docencia reglada o al de “perder tiempo” necesario para conseguir una mejor calificación en alguna asignatura.
 
Un indeseable voluntarismo
Volviendo al papel concedido a la formación en aspectos sociales y humanos, en el actual plan de estudios queda encomendada a la(s) materia(s) englobadas bajo la denominación genérica de Humanidades Médicas, siendo la Bioética la más reconocida de ellas por la mayoría de los estudiantes y profesores. Pues bien: en los programas de las dos asignaturas -troncal una, optativa la otra- que se imparten en mi facultad, no existe un tema dedicado específicamente a la ética del acceso a medicamentos. El único en el que el asunto podría tratarse en la materia obligatoria de primer curso, “Humanidades médicas”, es el que lleva por título “Justicia sanitaria y distribución de recursos”; y dada la amplitud del tema no parece fácil que pueda ser objeto de poco más de una mención de pasada. En cuanto a la optativa, “Bioética clínica”, su temario contempla un tema con una denominación genérica similar, aunque limitada en un sentido que excluye de facto el problema que nos preocupa. El título del tema es: “Justicia y gestión sanitaria: distribución de recursos escasos (triaje en COVID-19)”. Durante los últimos años de mi ejercicio profesional he intentado dar un lugar relevante al problema del acceso justo a medicamentos en mis seminarios de Humanidades médicas, impartidos a uno solo de los cuatro grupos en que se reparte el censo de alumnos, invitando ocasionalmente a especialistas en el tema dispuestos a colaborar por meras razones de amistad y convicción. Pero es evidente que el voluntarismo no llega lejos.
 
El caso es que, salvo escasas excepciones, los estudiantes de Medicina salen de la facultad con un conocimiento nulo o al menos muy superficial de las auténticas dimensiones del problema.
 
No soy capaz de proponer soluciones, al menos sencillas e inmediatas, pero he pensado que al menos merecía la pena esbozar una somera panorámica de un problema que no debe ser ignorado.